Documentos de crisis antiincrustantes de ICOMIA CePe

Según un documento de ICOMIA, el acceso nulo o limitado a pinturas antiincrustantes eficaces puede poner en peligro la industria de la recreo náutica y de yates de la UE.

Las elecciones sobre los escenarios de evaluación que hacen las autoridades nacionales para evaluar los riesgos de las pinturas antiincrustantes pueden tener un gran impacto negativo en el yate y su industria del ocio relacionada.

Resumen Ejecutivo
La CE está a punto de finalizar su prolongado proceso de revisión de los biocidas para pinturas antiincrustantes. Ese momento marca el comienzo para que las autoridades nacionales utilicen el mismo método que la CE para la evaluación de productos que contienen estos biocidas. Aunque la intención del Reglamento de Productos Biocidas (BPR) es armonizar las evaluaciones entre los estados miembros, no hay garantía de que esto suceda para los productos antiincrustantes, mientras que para su evaluación no existe un entendimiento mutuo sobre la elección de las condiciones de evaluación. Se puede percibir que sus aguas costeras pueden ser diferentes y que deberían elegir diferentes objetivos de protección. Pero si, por ejemplo, se elige como escenario 'dentro de la marina', al ser un entorno que debería tener el mismo nivel de protección que las aguas costeras más vírgenes, los fabricantes de pinturas y la industria de yates tienen una preocupación real con respecto a la posibilidad de que ninguno de los La gama actual de pinturas antiincrustantes para yates aprobará dicho marco de evaluación de riesgos.

Solicitamos a las autoridades competentes de los Estados miembros que establezcan sus objetivos de protección y la elección de escenarios para la evaluación de riesgos en virtud del Reglamento de productos biocidas que:
- Considere el panorama completo con respecto al uso de pinturas antiincrustantes - Adopte una visión equilibrada del problema, asegurándose de que se aborden las preocupaciones ambientales más amplias (contaminación de aguas con especies no autóctonas), junto con el impacto en la economía y la sociedad efectos - Definir objetivos de protección que sean razonables y realistas - Evaluar los recubrimientos antiincrustantes en condiciones 'fuera de la marina', y no aplicar el enfoque de evaluación de riesgos 'dentro de la marina' en particular en lo que respecta a las emisiones provocadas por la aplicación y eliminación de pinturas antiincrustantes (cubiertas por otras normativas)

En nuestra opinión, esto seguirá proporcionando un marco de protección para minimizar el impacto del uso de pintura antiincrustante al tiempo que maximiza los beneficios de protección ambiental que brinda su uso.

El uso de medidas de seguridad demasiado conservadoras privaría a la industria de yates de la UE del acceso a pinturas antiincrustantes eficaces. Esto conduciría a que la industria de los yates de la UE sea menos competitiva y a que las regiones turísticas con actividades de ocio marino se enfrenten a unos ingresos reducidos. Esto puede afectar potencialmente a la industria de fabricación y mantenimiento (32,000 empresas, muchas de las cuales son pymes), 280,000 empleados directos y una facturación anual de 20 millones de euros. Y también la industria del ocio que vive de los unos 6 millones de propietarios de embarcaciones de recreo y gestiona unas 4500 marinas.

Invitamos a las autoridades nacionales a iniciar un diálogo con nuestra industria sobre 'establecer escenarios para la evaluación de pinturas antiincrustantes'.

EXPLICACIÓN del problema
La autorización bajo BPR
Las aprobaciones de biocidas y las posteriores aprobaciones de biocidas se llevan a cabo de la siguiente manera. El productor de lo que se denomina "sustancia activa" (léase el biocida) presenta su expediente a la Autoridad Competente del Estado miembro de la UE que es designado por el Comité de Biocidas de la UE para tratar ese biocida en particular. Una vez 'aprobado' y en la lista de la UE, un usuario intermedio (como un productor de pintura antiincrustante) puede enviar su expediente para un 'biocida' a la autoridad competente de uno o más Estados miembros de la UE que sean relevantes para su mercado. Su biocida solo puede contener biocidas aprobados. Al realizar las evaluaciones de riesgo para dichas autorizaciones para pinturas antiincrustantes, las autoridades nacionales pueden elegir el escenario de la marina (marina o exterior) y también pueden determinar su propio riesgo aceptable (objetivo de protección). Es esto lo que la industria de yates y los fabricantes de pinturas temen que lleve a un número reducido de aprobaciones y, sin duda, obstaculizará el reconocimiento mutuo entre los estados miembros de la UE.

Comentarios de la industria sobre la evaluación de riesgos y la protección de las aguas de la UE
El Reglamento sobre productos biocidas ((UE) n.o 528/2012 (BPR)) se ha establecido para basarse en las ideas expuestas originalmente en la Directiva sobre productos biocidas (98/8 / CE), para poner en práctica un enfoque armonizado de la aprobación y autorización de sustancias activas y biocidas en la UE. El reglamento también tiene como objetivo establecer un alto nivel de protección medioambiental para garantizar que el medio ambiente europeo no se vea afectado negativamente por el uso de dichos biocidas. Con este fin, se ha establecido un marco de orientación integral que especifica cómo deben evaluarse los productos y las sustancias activas para que se puedan realizar evaluaciones de riesgo para los productos en cuestión. El principio de precaución prevalece en el trabajo del evaluador de riesgos a lo largo de este proceso, y hemos visto la aplicación válida de este enfoque en muchos niveles del programa de revisión de sustancias activas. Ahora que el período de revisión para las sustancias activas llega a su fin, el mismo marco de evaluación se aplicará ahora a la autorización de productos. Sobre la base de las suposiciones actuales y las decisiones tomadas para las sustancias activas, se han desarrollado algunas preocupaciones muy reales con respecto a la posibilidad de que ninguno de la gama actual de productos antiincrustantes disponibles en la UE pase el marco de evaluación de riesgos actual.

Debe reconocerse que el uso de pinturas antiincrustantes en la UE proporciona beneficios para la economía y el medio ambiente de la UE, que actualmente no se contabilizan como parte del proceso de evaluación. Muy correctamente, los Estados miembros llevan a cabo las evaluaciones de riesgos de acuerdo con las orientaciones de evaluación de riesgos, pero hay ningún mecanismo para aplicar un enfoque holístico, mediante el cual se puedan considerar los beneficios del uso de productos biocidas antiincrustantes junto con el impacto potencial en el entorno de la marina en la que se liberan.

La evaluación de riesgos requiere que se tengan en cuenta todas las fuentes del biocida liberado al medio ambiente, específicamente las emisiones potenciales de la aplicación y eliminación de productos en los grandes astilleros. Si bien esta es una propuesta razonable, existe el peligro de que tales suposiciones `` cuenten dos veces '' el riesgo, ya que esas emisiones de desechos ya están estrictamente reguladas de acuerdo con la regla establecida en la Directiva sobre emisiones industriales y las regulaciones secundarias que la subyacen. Dichas emisiones están controladas por las regulaciones integradas de control, prevención y contaminación (IPPC), que se aplican localmente en todos los países de la UE mediante la emisión de permisos de control de emisiones. Históricamente, la BPD se propuso no superponerse con otras regulaciones de aplicación. A primera vista, este sería uno de esos ejemplos.

El impacto socioeconómico potencial
Las pinturas antiincrustantes se aplican al construir un yate (solo por profesionales) y cuando se requiere mantenimiento. Normalmente los profesionales aplican estas pinturas en yates grandes y el bricolaje en embarcaciones pequeñas. Se espera que el efecto que el actual paradigma de evaluación de riesgos tendrá en los productos existentes dé lugar a una pérdida de pinturas AF en el mercado.

El impacto neto de los enfoques descritos anteriormente para el control de productos antiincrustantes dará como resultado una reducción de productos con una alta eficacia para reducir las especies invasoras y reducir el arrastre (lo que se traduce en un aumento de los gases de efecto invernadero). Los usuarios de pinturas AF mirarían más allá de las fronteras para obtener sus productos eficaces. Con la esperanza de que la aplicación de revestimientos AF a las embarcaciones de recreo no se traslade a través de las fronteras (ya sea la frontera exterior de la UE o las fronteras internas de un estado miembro a otro donde la pintura AF recibió una aprobación).

Para yates grandes y costosos, las pinturas antiincrustantes proporcionan el producto clave que requiere un mantenimiento programado. Si estos productos no están disponibles, los yates pueden ser redirigidos fácilmente a las instalaciones del muelle fuera del control de las autoridades de la UE (¿o del estado miembro de la UE?), Donde están disponibles los productos antiincrustantes clave. Todos los demás negocios de mantenimiento y reparación que lo acompañan se moverían con él. Esta falta de disponibilidad de productos afectará a la industria de los yates en la UE en su conjunto. El efecto de esta migración de empresas fuera de la UE será dramático en una industria, que hoy es un contribuyente clave a la economía europea.

Y aún así, los objetivos ambientales no se cumplirían, o podrían ser peores, ya que los barcos recubiertos con pinturas antiincrustantes que no cuenten con la aprobación de la UE seguirán viajando a los puertos de la UE.

Soluciones posibles
Las autoridades de los Estados miembros se enfrentan ahora al desafío de definir los objetivos de protección de sus países. La industria preferiría un enfoque armonizado con respecto a si los puertos deportivos deberían tener el mismo nivel de protección que las rutas de navegación en mar abierto. El concepto de tecnosfera debe considerarse en el contexto de la protección de estos entornos predominantemente creados por el hombre y la reevaluación de su valor en el apoyo a una industria importante de la UE. Al establecer un nivel de protección más realista para estos entornos, se brindará una mayor protección al entorno más amplio a través del uso continuo de recubrimientos antiincrustantes, protegiendo contra posibles especies invasoras y reduciendo las emisiones atmosféricas. Los procesos de control en otra legislación nacional o de la UE deben tenerse en cuenta en la evaluación de riesgos, para tener en cuenta las técnicas de control utilizadas para mitigar la liberación de pintura de desecho. De tal manera que se evite que exista una 'doble contabilización' de las emisiones.

La carta está firmada por Jan van der Meulen para CEPE y Udo Kleinitz para ICOMIA

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